Hemos detectado muchas situaciones en donde las personas, por diversas razones, deciden “traspasar” su crédito de INFONAVIT a un tercero.

La mecánica que siguen cuando no se asesoran correctamente es un simple contrato de compra-venta sobre la casa o el departamento, en el que la parte compradora se obliga a seguir pagando las cuotas del crédito de INFONAVIT.

ESTA FORMA DE HACERLO ES INCORRECTA Y PRESENTA MUCHOS RIESGOS PARA AMBAS PARTES

Cuando existe un crédito de por medio, como es el caso del INFONAVIT, es necesario contar con la autorización de éste para formalizar el cambio de acreditado, no basta con la voluntad del comprador y del vendedor.

Generalmente el nuevo comprador también cuenta con una línea de crédito de INFONAVIT, por lo que habrá que solicitarla para hacer la operación.

El riesgo que tiene el Vendedor sobre operaciones como esta es que el Comprador no cumpla con los compromisos de pago del crédito, lo que lo pondrá en mora creándole un adeudo frente al INFONAVIT y desde luego afectando negativamente su Buró de Crédito; mientras que los riesgos para el Comprador es que, aun cuando pague en forma oportuna las mensualidades, INFONAVIT no ésta obligado a respetar el Contrato de compra venta y escriturará la casa a nombre del acreditado original.

Para el caso de que vayas a comprar o vender un inmueble, ya sea con recursos propios, créditos bancarios y/o Crédito INFONAVIT, busca la asesoría de expertos en Derecho Inmobiliario que te orientarán en la forma más adecuada para que cierres exitosamente esta inversión que impacta directamente en tu patrimonio, en VELÁZQUEZ & VELÁZQUEZ DÉCIGA contamos con un equipo de Abogados expertos en esta materia que podrá asesorarte de la forma más conveniente en este tipo de negocios.

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